8 - PROMOCIÓN
Y ARTICULACIÓN
DE LAS NUEVAS
MODALIDADES
EDUCATIVAS
4. Definir mecanismos
previos a la oferta y
obtención del recono-
cimiento estatal de los
factores, características
e indicadores iniciales
de calidad, propio de
programas a distancia.
CNA.
Implementación
del concepto de
“registro” o “licencia
de funcionamiento”
en uso, en reempla-
zo del de “registro
calificado”.
Concepto en
uso por CNA.
NA
1
1
1
CNA.
5. Definir la oferta
académica en términos
de su grado o carácter
presencial, a distancia
o virtual.
IES.
Registro calificado
único por programa
ofertado.
%
100
100
100
Informe de gestión y
rendición de cuentas
del MEN.
6. Fortalecer la crea-
ción de programas
ofrecidos en diferen-
tes metodologías y/o
modalidades.
Gobierno Nacional.
Establecimiento y
reglamentación de la
educación virtual, la
educación mixta y la
educación dual.
Documento
que regla-
mente oferta
de educación
virtual, mix-
ta y dual.
ND
Versiones
1 y 2
Versión 3 Versión 4
Normatividad que
fomente educación
virtual, mixta y dual.
8 - PROMOCIÓN
Y ARTICULACIÓN
DE LAS NUEVAS
MODALIDADES
EDUCATIVAS
7. Definir fronteras
entre el registro, la
renovación del mismo,
la acreditación y
re-acreditación de alta
calidad de programas
bajo la modalidad a
distancia.
CNA.
Modelo único, inte-
grado y sistémico de
calidad.
Existencia del
modelo.
ND
1
1
1
CNA y MEN.
Pares académicos
capacitados sobre
características pro-
pias de programas
a distancia y sus
modos de imple-
mentación.
% ND
20
40
80
CNA.
8. Otorgar al regis-
tro de programas a
distancia, con vigencia
nacional por 7 años (al
inicio).
CNA.
Requisito de mínimo
tres cohortes de
egresados en las
condiciones de
renovación de pre-
gramas a distancia.
Existencia
del requisito.
ND
1
1
1
CNA.
La educación superior en Colombia hoy
197