CAPÍTULO X
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL PROGRAMA
PUBLICACIONES UNIMAR
Artículo 87: Consejo Editorial.-
Está conformado por el (la) Rector(a) o su
delegado(a), el (la) Vicerrector(a) Administrativo(a) y Financiero(a), el (la)
Vicerrector(a) Académico(a), el (la) Director(a) del Centro de Investigaciones y
Publicaciones, el (la) Coordinador(a) de Investigación Profesoral, el (la)
Coordinador(a) de Investigación Estudiantil y el (la) Director(a) de Comunicación
Social – Periodismo.
Artículo 88: Director(a) Ejecutivo(a).-
Esta función es responsabilidad del (la)
Vicerrector(a) Académico(a) en su calidad de vocero(a) del Consejo Editorial, a
quien le corresponde impulsar la investigación y la producción intelectual escrita y
electrónica a través del Centro de Investigaciones y Publicaciones de la
Universidad Mariana.
Artículo 89: Editor(a) General.-
Esta función es responsabilidad del (la)
Director(a) del Centro de Investigaciones y Publicaciones, a quien le corresponde
ejecutar las políticas y normas establecidas por la Universidad Mariana para las
publicaciones, así como diseñar y ejecutar los procedimientos para la difusión,
divulgación y publicación de la producción intelectual escrita y electrónica de los
miembros de la comunidad universitaria.
Artículo 90:
Son funciones del (la) Editor(a):
a) Establecer y revisar periódicamente las condiciones y exigencias atinentes a la
publicación de la producción intelectual escrita y electrónica de Educandos(as)
y Educadores(as) Profesionales de la Institución.
b) Velar por el cumplimiento de las políticas, criterios y procedimientos editoriales.
c) Asesorar en materia editorial a los Programas Académicos de la Universidad, y
a los(as) Educadores(as) Profesionales y Educandos(as) que soliciten la
publicación de sus investigaciones o trabajos.
d) Seleccionar y nombrar a los(as) lectores(as) evaluadores(as) y remitirles los
textos relacionados con su campo del saber, para establecer la veracidad de la
obra, así como su nivel de argumentación. Si fuere necesaria la ayuda de un(a)
evaluador(a) externo(a) se solicitará el visto bueno de Rectoría.
e) Redactar la nota editorial de las publicaciones que lo ameriten.
f) Diseñar y aplicar estrategias orientadas a mantener la indexación de las
publicaciones seriadas de la Universidad Mariana.
g) Verificar el cumplimiento de las normas en lo relacionado con derechos de
autor y depósito legal
h) Presentar un informe semestral de las actividades realizadas a la Vicerrectoría
Académica.
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