Parágrafo 4.
El hecho de haber socializado y aprobado el informe final del
Trabajo de Grado no exime al (la) Educando(a) de cumplir con los espacios
académicos y demás requisitos que le faltaren para optar al título profesional o de
postgrado correspondiente.
Parágrafo
5.
El hecho de citar a los (las) Educandos(as) para la Socialización del
Informe Final supone que el jurado ha aceptado el trabajo; pero en el acto de
socialización los jurados pueden sugerir modificaciones encaminadas a mejorar la
estructura del trabajo, en todo caso sin llegar al extremo de invalidar la
investigación, a menos que se compruebe la existencia de graves anomalías
susceptibles de ser tipificadas como fraude o plagio, lo cual amerita la anulación
de todo el proceso, caso en el cual se aplicará el artículo 62 del presente
reglamento.
Artículo 47:
De la evaluación del informe final.-
Para la socialización del Informe
final se debe tener en cuenta lo siguiente:
La Socialización debe realizarse con la presencia de, por lo menos, dos (2)
jurados. En ningún caso el (la) asesor(a) podrá ser nombrado(a) como jurado del
Trabajo de Grado que orientó. El jurado debe propiciar un clima de seguridad y
confianza que permita al (la) Educando(a) expresar con libertad sus opiniones y
argumentos, en relación con su trabajo y con los interrogantes que le formulen los
(las) evaluadores(as).
Parágrafo 1:
La sesión de Socialización final en los Programas de Postgrado será
presidida por el (la) Decano(a) y el (la) Director(a) del Programa, y de ella se
levantará el acta respectiva, la que será suscrita por los jurados que intervinieron.
Parágrafo 2:
Si por cualquier circunstancia, algún Trabajo de Grado en la
Facultad de Formación Avanzada no fuese socializado en la fecha previamente
señalada, el (la) “participante” podrá solicitar su aplazamiento, y la nueva fecha
será fijada por el (la) Director(a) del Programa dentro del lapso comprendido entre
los sesenta (60) y noventa (90) días calendario después de la fecha oficial de
socialización final.
Artículo 48:
El jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios generales para
evaluar la Socialización del Informe Final:
a- Conocimiento y manejo del trabajo escrito.
b- Manejo del proceso investigativo de acuerdo con el enfoque y tipo de
investigación seleccionados.
c- Argumentación sobre el alcance de las afirmaciones planteadas en el trabajo
escrito.
d- Aportes personales contenidos en el informe escrito y los que hace durante la
socialización.
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