SEGUNDA PARTE: DE LA INVESTIGACIÓN ESTUDIANTIL
CAPÍTULO IV
DE LA SUBÁREA INVESTIGATIVA.
Los (las) Educandos(as), como parte de su proceso formativo transversal,
abordarán el estudio de los espacios académicos de la subárea investigativa,
orientados a desarrollar competencias investigativas que contemplen los
siguientes aspectos:
Artículo 24:
Realizar un acercamiento sistemático a los textos escritos y sociales;
establecer diferencias y semejanzas entre el lenguaje oral y escrito; desarrollar la
curiosidad, abordando procesos de observación participante, formulando
preguntas de investigación y desarrollando capacidades para la lectura objetiva y
subjetiva de la realidad, y manejar fuentes primarias y secundarias de información.
Artículo 25:
Incursionar en las temáticas relacionadas con la naturaleza, origen y
posibilidad del conocimiento, así como en los paradigmas y enfoques de
investigación llevando al (la) Educando(a) a desarrollar competencias para
fundamentar desde la teoría las propuestas investigativas.
Artículo 26:
Realizar un acercamiento al objeto de estudio de la disciplina: su
historia, sus métodos, sus enfoques teóricos. Estudiar los principales problemas
de conocimiento, las principales tendencias investigativas en el correspondiente
campo disciplinar de conocimiento, y analizar los principales paradigmas
investigativos propios de la disciplina.
Artículo 27:
Abordar los aspectos metodológicos y procedimentales de la tarea
investigativa, desarrollando habilidades para elaborar una propuesta de
investigación con pertinencia social y disciplinar. Como trabajo práctico, y como
requisito para la aprobación del espacio académico correspondiente a esta
temática, el (la) Educando(a) debe presentar y obtener el aval de la propuesta de
investigación (incluyendo el diseño de los instrumentos para la recolección de la
información) por parte del (la) Decano(a) o de la instancia que éste(a) designe
para tal fin.
Artículo 28:
Abordar los contenidos teóricos y metodológicos que permitan
desarrollar las competencias necesarias para la aplicación de los instrumentos de
recolección de la información, así como para el procesamiento y análisis de los
datos de una investigación. Para aprobar este espacio académico, el (la)
Educando(a) debe presentar y aprobar la socialización del informe de avance de
su Trabajo de Grado en los términos establecidos en el artículo 43 del presente
reglamento.
Artículo 29:
Desarrollar las competencias indispensables para la interpretación y
discusión de los resultados de una investigación; para elaborar las conclusiones y
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