MANUAL DE CONTRATOS Y CONVENIOS - UNIVERSIDAD MARIANA PASTO - page 27

Artículo 46 – Anticipos y Pagos Anticipados.
En los contratos podrá pactarse el
pago de anticipos o pagos anticipados de acuerdo a la norma. Preferiblemente
deberá pactarse el pago del contrato u orden contractual en forma parcial, a
medida que la entrega de obras, bienes y/o servicios se vaya realizando. El pago
parcial se hará en las fechas o plazos acordados, previa verificación del
responsable de la contratación.
Artículo 47 – Impuestos:
En lo referente a los impuestos, se observará estricto
cumplimiento a lo establecido por las normas tributarias vigentes. El pago del
impuesto respectivo será definido en el contrato. En ningún caso y por ningún
motivo, la Universidad asumirá los impuestos a cargo del contratista.
Artículo 48 – Revisión del Equilibrio Financiero del Contrato:
Procede si en la
ejecución del mismo surgen mayores o menores valores a los inicialmente
pactados, previo estudio técnico realizado por el supervisor o interventor del
contrato. Además, en el acta de liquidación deberá constar: los acuerdos,
conciliaciones, transacciones, entrega de documentos, informes del supervisor o
interventor del contrato que contenga la ejecución presupuestal y visto bueno de
Vicerrectoría Administrativa y Financiera para su liquidación, para poder
declararse a paz y salvo, en concordancia con la serie documental vigente para la
oficina de Gestión Humana. Es procedente que en el acta de liquidación se exija al
contratista la extensión o ampliación de las garantías si fuera el caso para
asegurar las obligaciones que deban cumplirse con posterioridad al contrato.
Dicho documento deberá ser suscrito por las partes previo informe del supervisor
del contrato. (Reglamento de Contratación de la Universidad EAFIT).
Artículo 49 – Custodia del Contrato u Orden Contractual:
Los originales de los
contratos gestionados por todas las dependencias de la Universidad, reposarán en
el archivo de la oficina de Gestión Humana en cumplimiento de la función de
estudiar, orientar y tramitar los asuntos legales y jurídicos que sean sometidos a
su consideración, junto con toda la documentación presentada durante el proceso
contractual, entre los cuales se encuentran: las solicitudes de ofertas, las ofertas o
cotizaciones presentadas, los presupuestos, etc. Para lo anterior se tendrán en
cuenta las medidas de preservación, inmutabilidad y seguridad pertinentes que
establezca el Sistema de Gestión Documental. Respecto a las órdenes de compra
y/o contractuales, los anteriores registros serán custodiados por la oficina de
Almacén.
Artículo 50 – Forma de Pago:
Los pagos a los proveedores o contratistas, se
realizarán de acuerdo con las formas, los procedimientos y los plazos
contemplados en la Universidad, previo cumplimiento de los requisitos exigidos.
Artículo 51 – Recepción de los Bienes.
La recepción de los bienes se realizará
en el Almacén, a excepción de bienes voluminosos y pesados, en cuyos casos los
puede recibir directamente el responsable del proceso de contratación, previa
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