MANUAL DE CONTRATOS Y CONVENIOS - UNIVERSIDAD MARIANA PASTO - page 24

seguridad e higiene industrial para toda obra que implique construcción nueva o
remodelación. Al contratista se le debe exigir, de acuerdo con la obra que vaya a
realizar, el cumplimiento de la normatividad vigente respecto a calidad, sismo
resistencia, protección de equipos electromagnéticos y adecuación para
discapacitados, con el fin de evitar futuros inconvenientes generadores de
problemas y sobrecostos, al igual que la correspondiente adecuación a las normas
sobre construcción para entidades educativas. La obra se considerará entregada y
recibida única y exclusivamente al momento de firma del acta de entrega y recibo
de la misma a entera satisfacción de la Universidad, momento a partir del cual
comenzará la póliza de estabilidad (Reglamento de Contratación de la Universidad
EAFIT).
Artículo 37 – Acuerdos de Voluntades:
Se deberán tramitar por escrito sin
importar su cuantía.
Artículo 38 – Gestión de Convenios:
La obligación de la gestión de los
convenios recae en los decanos de facultad y directores de programa,
respectivamente. Estos convenios, al igual que los que establezcan relaciones
internacionales, serán aprobados por Rectoría, previo visto bueno de la oficina de
Gestión Humana.
Artículo 39 – Trámite Convenios:
La obligación de la gestión de los convenios
que establezcan prácticas de estudiantes, recae en los directores de programa y
en los decanos de facultad, respectivamente, y una vez conseguido el preacuerdo
respectivo el borrador del convenio debe pasar a revisión por parte de la oficina de
Gestión Humana. Para aquellos casos en que los convenios tengan implicaciones
económicas, dicho borrador deberá ser elaborado por la Jefatura de Gestión
Humana, junto al visto bueno de la Vicerrectoría Administrativa y Financiera así
como de Rectoría, el cual se expresará a través de una nota informal en el
borrador respectivo.
En los convenios en los que la Universidad desarrolle programas de posgrado,
pregrado, educación para el trabajo y el desarrollo humano, educación continua,
cursos de extensión académica o desarrollo cultural, deportivo y artístico, con
otras instituciones deben quedar claros los compromisos académicos,
administrativos y financieros asumidos por la Universidad Mariana y se verificará
que se cumpla a cabalidad de acuerdo con la ley, los actos administrativos, y en
especial, la reglamentación expedida al respecto por parte del MEN, previo
examen del valor agregado que implique para la Universidad la ejecución del
convenio.
La oficina de Gestión Humana hará las correcciones y sugerencias relativas al
convenio en un término máximo de cinco (5) días hábiles después de la petición,
procederá a remitir a la firma del (la) Rector (a), enviará las copias a las
dependencias interesadas e impartirá la aprobación de las pólizas, si las hubiere.
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